Condenan a abogado por vender inmuebles usando firmas falsas

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Aunque por casi tres años pataleó e hizo de todo para tratar de salir impune, el Tribunal Segundo Unitario de Enjuiciamiento emitió un fallo condenatorio contra el abogado Alejandro Ek Basto porque, utilizando unos poderes ilimitados que eran apócrifos, vendió las propiedades de una pareja.

Los integrantes de dicho Tribunal, después de analizar todos los medios de prueba y escuchar los testimoniales de las partes, emitieron su fallo y decidió que el 6 de febrero se efectúe la audiencia de imposición de sanciones y condena por fraude específico y uso de documento falso (2).

Los delitos señalados fueron denunciados por A.C.O.G., R.C.M.E. y J.H.P.
Estos hechos se dieron el 12 de octubre de 2018 cuando este sujeto acudió a la Notaría Pública número 60, ostentándose como apoderado legal de A.C.O.G. y R.C.M.E. y que comparecía en sus nombres para realizar un contrato de compraventa respecto de un predio ubicado en la colonia Felipe Carrillo Puerto.

Acudió usando un poder falso y, por lo tanto, celebró un contrato de compraventa con perjuicio de los citados, pues vendió el inmueble a N.C.S.C., quedando asentada dicha compraventa en la escritura pública pasada ante la fe del notario.

El sujeto compareció con un poder general limitado, pasado también ante la fe de un notario, otorgado supuestamente por A.C.O.G. y R.C.M.E., siendo que las firmas de ambos resultaron falsas.

Es por eso que al enterarse A.C.O.G. de esta circunstancia, interpuso formal denuncia y/o querella; sin embargo, esta compraventa ya se había inscrito ante el Registro Público de la Propiedad y del Comercio, generando un perjuicio en el patrimonio de los quejosos.

Después, el 23 de octubre de 2018, el ahora procesado acudió a la Notaría Pública número 08, ostentándose como apoderado legal de A.C.O.G. y R.C.M.E., y que comparecía en sus nombres para realizar un contrato de compraventa respecto de un predio ubicado en la colonia Nuevo Yucatán.

Es por eso que con el mismo poder falso lo enajenó a título oneroso, pues se lo vendió a J.H.P., quien en dicha fecha pagó 365 mil pesos más 45 mil pesos en concepto de trámites que llevaría a cabo la notaría.

La compraventa quedó asentada en una escritura pública pasada ante la fe del notario.
Y una vez más, A.C.O.G. denunció y logró que la compraventa no pudiera inscribirse ante el Registro Público de la Propiedad y de Comercio, lo que generó un detrimento patrimonial a J.H.P., toda vez que pagó las cantidades ya señaladas por un predio del que no era propietario el ahora procesado.

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