Un hombre con iniciales J.S.R.F. fue sentenciado a un año y nueve meses de prisión por dejar de proporcionar pensión alimenticia a sus dos hijas, tras ser encontrado penalmente responsable por el delito de incumplimiento de las obligaciones de asistencia familiar.
Además de la cárcel, el sentenciado pagará lo equivalente a 76 UMAS, 322 mil 900 pesos por concepto de reparación del daño, recibirá una amonestación pública, le fueron suspendidos sus derechos políticos y será inscrito en el Registro de Deudores Alimentarios del Estado.
La Fiscalía estableció que el sentenciado y la denunciante procrearon dos hijas y que en enero del año 2016, un Juzgado Familiar sentenció a J.S.R.F. al pago mensual de 3,500 pesos por concepto de pensión alimenticia. No obstante, un año después, se promovió la reducción de la pensión quedando a pagar dos mil pesos cada mes.
Pese a dicho recorte, el acusado ha sido omiso en su deber de asistencia familiar desde marzo del 2016 a la fecha, pues ha depositado cantidades inferiores a la establecida por la autoridad y en otros meses, sin justificación, no realizó el pago.
Tras su detención, se llevó a cabo su proceso legal y revisadas las pruebas periciales, documentales y testimoniales aportadas por la Fiscalía General del Estado (FGE), el Tribunal Unitario 05 de Enjuiciamiento otorgó el fallo condenatorio por unanimidad de votos.