Medida preventiva: un año de cárcel para Medina Sonda

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Redacción/De Peso
MÉRIDA, Yucatán.- En teleaudiencia que se prolongó por más de cuatro horas fue vinculado a proceso penal por el delito de feminicidio agravado el empresario Martín Alberto Medina Sonda, acusado de la muerte de su exesposa Emma Gabriela Molina Canto.

Una vez más, el juez de control Luis Edwin Mugarte Guerrero presidió la audiencia a distancia.

Como medida cautelar, le impuso un año de prisión; él actualmente se encuentra purgando una pena de 12 años y 6 meses de cárcel por delitos contra el erario de Tabasco.

Medina Sonda revocó el cargo de sus defensores a L.F.H.G. y J.L.C.H. (auxiliar), abogados tabasqueños que lo estuvieron acompañando en la sala a distancia del Centro de Reinserción Social de Tabasco.

Dejó como a su abogado particular a Edier Josué Pech Farfán, que estuvo acompañado del licenciado Luis Raúl Cervantes Alvarado como su auxiliar.

Para no dejarlo en estado de indefensión, se nombró a la abogada pública Geny Elena González Valenzuela para que asuma el cargo de defensa por colaboración.

Ante esto, el fiscal Pedro Manuel Evia Chávez se opuso, al indicar que como ahora exfiscal, Pech Farfán podría violar el principio de buena fe del debido proceso.

Argumentó que éste, como titular de la agencia Mixta 3 conoció la carpeta de investigación M3/643/2016 por el delito de incumplimiento de las obligaciones de asistencia familiar que formuló contra Medina Sonda la ahora occisa y que podría, de cierta manera, contar con elementos a favor de su defenso y que pondrían en desventaja a la Fiscalía.

Licencia y renuncia

Ante esto, Pech Farfán respondió que dejó de ser titular de dicha agencia en febrero del 2016 y como dijo antes el fiscal, la carpeta se interpuso el 10 de marzo, es decir, un mes después de dejar el cargo.

También que el 1 de febrero del 2017 pidió licencia por seis meses, sin goce de sueldo, para trabajar por su cuenta, por lo tanto no hay tal cosa, y para rematar informó que él renunció a su puesto de fiscal el 21 de marzo.

Mugarte Guerrero lo dejó que siguiera en el cargo como abogado defensor del exempresario y funcionario público, al no acceder a revocar el nombramiento.

Ante esto, el defensor ofreció dos documentales públicas como datos de prueba a favor de su cliente a distancia.

Igualmente, informó que su defendido iba a declarar.

Solicitud a director de reclusorio

Los documentos fueron un memorial recibido el 18 de abril del 2017, en el que solicita Martín Alberto Medina al director del reclusorio de Villahermosa el registro de llamadas y grabaciones desde el teléfono de llamadas restringidas, al igual que si durante las revisiones y cateos a su celda se encontró ahí algún aparato de telefonía.

Esto para demostrar que es falso que se haya comunicado con Rogelio César Reyes Barrueta (a) “Huero”, para acordar que buscara a unas personas para asesinar a su exesposa.

En su declaración, el imputado señaló que es falso que se haya comunicado por teléfono con esa persona para ejecutar ese crimen, “pues niego terminantemente que haya realizado esa llamada que esa persona dice que le hice”.

Recordó que en 2008 se separaron como pareja y desde el 2012 no tuvieron comunicación, “y es falso que haya intentado restablecer la relación con la señora”.

Elementos suficientes

Después, por horas y luego de un par de recesos y lectura de parte de la Fiscalía y otras probanzas, el juez Mugarte Guerrero decretó que encontró elementos suficientes para declarar a este sujeto como vinculado por el delito de feminicidio agravado, que se castiga en Yucatán con pena de cárcel que va de los 30 a los 50 años.

Un dato que tuvo muy en cuenta fue la declaración del “Huero”, que en todo momento lo señaló como el autor intelectual de dicho asesinato.

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