Irán a la cárcel 5 años; su exabogado los demandó porque nunca pagaron

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El Tribunal Colegiado de Circuito concedió un amparo que dejó sin efecto la sentencia absolutoria dictada anteriormente por el Tribunal Segundo Oral a favor de los ex trabajadores del IMSS, José Eduardo Castro Díaz y Filiberto Javier Orilla Moguel, que demandaron al instituto por despido injustificado y contrataron los servicios de un abogado que ganó el pleito y no recibió su pago.

De esta forma, en razón de la ejecutoria de amparo, el Tribunal de Alzada dictó una sentencia de reemplazo en la cual determinó tener por acreditado el hecho y la plena responsabilidad de los acusados.

El día 17 de enero, se realizó la audiencia de individualización de sanción y reparación del daño y posteriormente se efectuó lectura y explicación de sentencia.

Fueron condenados a la pena privativa de libertad de 5 años 1 mes; les negaron los beneficios sustitutivos de sanción, y tendrán que reparar el daño ocasionado, Castro Díaz desembolsará 310.792.99 pesos, y Orilla Moguel, 180.856.82 pesos.

Lo anterior sin contar que de manera mancomunada y solidariamente tendrán que pagar por los perjuicios ocasionados, mismos que serán acreditados en la ejecución de la sentencia.

El recurso de casación interpuesto por la Fiscalía General del Estado ante dicho Tribunal, se resolvió a favor de la víctima, quien fue defraudada por una suma cercana al medio millón de pesos.

El caso se originó en el año 2010, cuando el denunciante Arturo Ascencio Salazar García aceptó prestar sus servicios profesionales para representar a los arriba señalados en un juicio laboral por un despido injustificado.

De acuerdo con la carpeta de investigación, el trato entre las partes era que una vez concluido el caso, Ascencio Salazar recibiría el 25% de los montos que se obtuvieran al respecto, pero los indiciados no cumplieron con el acuerdo.

El primero cobró 1’229,171.99 pesos y el segundo 723,427.29 pesos.

En diciembre de 2015 fueron vinculados proceso.

Sin embargo, el caso desembocó en una sentencia absolutoria a favor de los indiciados, por parte del Tribunal Segundo de Juicio Oral, la cual fue revocada por el Tribunal Colegiado de Circuito, quien dio por acreditada su plena responsabilidad en los hechos.

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