No se puede privar de salario a trabajadores este mes: Ebrard

InicioEspecialesNo se puede privar de salario a trabajadores este mes: Ebrard

Desde una multa hasta cárcel a personas o empresas que incumplan medidas por Covid: Ebrard.

Marcelo Ebrard, secretario de Relaciones Exteriores de México, informó esta noche que habrá sanciones de carácter administrativo y penal para las personas o empresas que de opongan a la suspensión de labores, ante la declaratoria de Emergencia Sanitaria por fuerza mayor debido a la contingencia del coronavirus.

Esta medida entrará en vigor a partir de su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y hasta el 30 de abril de 2020.

Marcelo Ebrard informó que el sector privado ha respaldado las decisiones por la contingencia, y que incluso han realizado fondos para aportar económicamente a las diferentes instituciones del sector Salud.

Mañana se reunirán distintas dependencias para tomar medidas para la protección de los trabajadores. En conjunto la Secretaría de Hacienda, Secretaría de Economía y Secretaría del Trabajo.

La protección de los trabajadores

«No se les puede privar de su salario este mes, de acuerdo a la Ley. ¿Qué sucedería con quien se oponga o abra o diga ‘a mí no me importa’? bueno pues habrá desde sanciones administrativas, que te pongan una multa, una clausura hasta inclusive si se puede, si se demuestra que por razón de que tú hiciste eso, alguien se contagió, puedes tener responsabilidades penales».

Marcelo Ebrard informó que las sanciones para empresarios que hagan caso omiso a la suspensión de actividades que puedan afectar en el combate del coronavirus, van desde que cierren el lugar, multa económica administrativa o hasta una sanción penal.

En general a quien se oponga en cuanto a seguir sus actividades a pesar de estar impedido, pues se hace acreedor a sanciones administrativas que van desde que te clausuren el lugar, te ponen una multa, y lo más grave que te imponen una sancion de corte penal para casos extremos.

Acciones acordadas esta noche por el Consejo General de Salubridad:

    • Suspensión inmediata desde hoy 30 de marzo hasta el 30 de abril de actividades no esenciales en los sectores público, privado y social.
    • En los sectores y actividades esenciales se deberá aplicar lo siguiente: No realizar congregaciones de más de 50 personas y aplicar las medidas de Sana Distancia.
    • Se exhorta a toda la población (que no realiza actividades esenciales) a cumplir el resguardo domiciliario corresponsable, es decir, limitación voluntaria de movilidad
    • La medida de resguardo domiciliario corresponsable aplica de manera estricta a las personas mayores de 60 años, con hipertensión, diabetes, enfermedades cardíacas o pulmonares, mujeres embarazadas, independientemente de si realizan actividades esenciales
    • Una vez terminada la suspensión de actividades no esenciales y el resguardo domiciliario corresponsable, después del 30 de abril, la Secretaría de Salud en acuerdo con las Secretarías de Economía y del Trabajo, emitirá lineamientos para el regreso escalonado y regionalizado de actividades
    • Se deberá postergar todos los censos y encuestas a realizarse en territorio nacional que impliquen la movilización de personas y contacto cara a cara
    • Todas las medidas deberán aplicarse con estricto respeto y apego a los derechos humanos.

También te puede interesar:

SEP: Receso escolar por Covid-19 se extiende al 30 de abril

(Info: debate/Foto de contexto: @SSalud_mx)

- Publicidad -

LO MÁS LEÍDO