Mi Retiro y Pensión: consulta a domicilio

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Rollo: Jaime Gutiérrez Melchor
La atención médica a domicilio es un servicio que el IMSS proporciona a los derechohabientes que están imposibilitados, física o psíquicamente, para asistir a consulta externa cuando necesites atención médica y no puedas asistir a tu Unidad de Medicina Familiar (UMF) por estar imposibilitado física o psíquicamente, puedes solicitar que un Médico Familiar acuda a tu domicilio.

El trámite lo puede realizar un Familiar, responsable o derechohabiente que está imposibilitado física o psíquicamente para acudir a la consulta de medicina familiar; las opciones para realizar el trámite son:

Presencial: en la Unidad de Medicina Familiar (UMF) que te corresponda, en días hábiles de lunes a viernes de 08:00 a 14:00 horas en unidades con turno matutino y de 14:00 a 20:00 horas en unidades con turno matutino y vespertino.

Vía telefónica: Llamando al número telefónico de la UMF que te corresponde en días hábiles de lunes a viernes de 08:00 a 14:00 horas en unidades con turno matutino y de 14:00 a 20:00 horas en unidades con turno matutino y vespertino.

De momento el trámite no esta disponible para realizarse a través de medios electrónicos; el servicio es gratuito solo para derechohabientes del IMSS con vigencia de derechos.

Para solicitarlo necesitarás de lo siguiente en caso de solicitarlo vía telefónica:

1. Nombre del paciente que recibirá la atención médica domiciliaria.

2. Número de Seguridad Social.

3. Consultorio y turno.

4. Domicilio completo del paciente.

5. Número telefónico.

6. Nombre de quien solicita la atención médica domiciliaria.

Si la solicitud la haces de manera presencial en la unidad médica de adscripción debes llevar:

1. Cartilla Nacional de Salud.

2. Domicilio completo del paciente.

3. Número telefónico.

4. Identificación oficial vigente.

5. Nombre de quien solicita la atención médica domiciliaria.

Nota: Se requieren los documentos originales para verificar datos y requisitar la solicitud.

Al solicitar el servicio:

* Debes proporcionar el número de afiliación, nombre, domicilio del paciente con todas las referencias posibles y teléfono.

* El paciente debe estar vigente o dentro del periodo de conservación de derechos, al momento de solicitar la atención médica domiciliaria.

* La atención médica domiciliaria se realiza en aquellos casos en los que el paciente se  encuentre imposibilitado para acudir a su UMF de adscripción para recibir atención médica.

* En caso de encontrarte fuera de la zona a la que pertenece el derechohabiente, será necesario solicitar  la visita a la UMF más cercana.

* Recuerda que, como paciente o familiar, debes permitir el acceso del personal médico a tu domicilio para recibir los servicios de atención médica.

* El servicio de atención médica domiciliaria se te proporcionará por los médicos asignados a la UMF correspondiente.

El fundamento legal para otorgar y recibir el servicio es el siguiente:

* Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 5 de febrero de 1917, vigente.

* Ley General de Salud, nueva Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 7 de febrero de 1984, vigente.

* Ley del Seguro Social, nueva Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 21 de diciembre de 1995, vigente.

* Reglamento Interior del Instituto mexicano del Seguro Social, publicado en el Diario Oficial el 18 de septiembre de 2006, vigente.

* Procedimiento para otorgar atención médica en Unidades de Medicina Familiar 2640-003-002, vigente.

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