La Primera Sala Colegiada del Sistema de Justicia Penal Acusatorio del Tribunal Superior de Justicia del Estado resolvió, por unanimidad de votos, confirmar en todos sus términos una sentencia de primera instancia que determinó como penalmente responsable del delito de feminicidio agravado en grado de tentativa a Claudio Ricardo Torres Pat, quien fuera condenado a 27 años y 6 meses como pena privativa de libertad.
En audiencia pública realizada este día en la sala de audiencias orales de la sede del más alto tribunal del estado, la magistrada ponente para este caso y presidenta de la sala, Ligia Aurora Cortés Ortega, propuso la resolución en la que se confirma el fallo y la sentencia de primera instancia emitida por el Tribunal Segundo de Enjuiciamiento el 3 de julio del presente año, la cual fue recurrida mediante recurso de apelación por el sentenciado.
Los hechos motivo del juicio oral tuvieron lugar el 9 de julio de 2016, los cuales fueron denunciados por Didia Guadalupe C. S.
Los hechos
La mujer acusó a su ex esposo de acuchillarla y de darle una miserable vida de golpes, humillaciones y ofensas durante 24 años, desde que se casó con él a los 14 años.
Supuestamente para hablar de su divorcio, la señora Didia Guadalupe y Claudio Ricardo se encontraron y abordaron la Ecosport, con placas YZE5587, a la altura de la calle 191 por 94 y 96 de la colonia San Antonio Xluch III.
Al ser rechazado, el sujeto atacó a la mujer con un arma blanca a la altura del pecho.
Como pudo, logró bajar del vehículo para pedir ayuda a un vigilante de una unidad deportiva cercana.
Al exponer su resolución ante los magistrados integrantes de la sala Marcos Alejandro Celis Quintal y Luis Felipe Esperón Villanueva, y también a las partes, víctima y sentenciado, la magistrada Cortés Ortega expuso que en la resolución se dio preponderancia al dicho de la víctima quien describió el patrón de violencia que vivió durante los 24 años de matrimonio con el hoy sentenciado, así como también el Tribunal valoró de forma libre y bajo las reglas que exige la ley las valoraciones psicológicas a la víctima, así como los testimonios de dos personas que la ayudaron al momento de la agresión.
Expuso que en el asunto, el cual resolvió desde una perspectiva de género, quedó confirmada la violencia física y psicológica que padeció la víctima, pero también el abuso de poder y el trato denigrante ejercido por el hoy sentenciado que provocaron un entorno de violencia familiar y feminicida.