Multan a Alcalde de San Felipe por congelar aguinaldos

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El pleno del Tribunal Electoral del Estado de Yucatán (TEEY), multó al alcalde de San Felipe, Felipe Antonio Marrufo López con $11 mil 314 pesos por ‘congelar’ el salario y el aguinaldo a dos regidores, y asimismo pidió a la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción del Estado de Yucatán y a la Auditoría Superior del Estado (ASEY), investigar posibles responsabilidades administrativas o penales por parte del citado presidente municipal. 

Ayer los magistrados resolvieron los juicios para la protección de los derechos político electorales del ciudadano, promovidos por los regidores del Ayuntamiento de San Felipe, Aylin Encarnación Patrón Coral y Luis Felipe Pomol Martín, quienes denunciaron actos atribuibles al Presidente, Secretario y Tesorero municipal que obstaculizaban el libre desempeño de sus funciones. 

La magistrada ponente, María Elena Achach Asaf, determinó como fundados diversos agravios, entre estos, la retención de dietas y aguinaldo correspondientes al año 2024, la imposición de un horario y controles de asistencia sin sustento legal, así como la vulneración al derecho de acceso a la justicia electoral, al incumplirse con los trámites legales previos al juicio. 

En consecuencia, se ordenó el pago de las remuneraciones adeudadas, la invalidez de las restricciones impuestas, y se impuso una multa de 100 Unidades de Medida y Actualización, equivalente a cien $11 mil 314 pesos al presidente municipal. Asimismo, se dio vista a la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción del Estado de Yucatán y a la Auditoría Superior del Estado, para investigar posibles responsabilidades administrativas o penales. 

Caso Yaxkabá

En la misma sesión, el pleno del TEEY resolvió el expediente promovido por el comisario municipal electo de Tahdzibichén, municipio de Yaxkabá, Eliezer de Jesús Alcocer Couoh, quien denunció la omisión de pago de sus remuneraciones y parte proporcional del aguinaldo 2024 por parte del ayuntamiento. 

El magistrado ponente, Arturo Sandoval Torres, consideró fundado el agravio, al quedar acreditada la omisión del pago desde el 1 de diciembre de 2024 hasta la fecha, bajo el argumento de que el actor no había entregado su constancia de situación fiscal. 

El Tribunal sostuvo que ningún trámite administrativo puede condicionar el ejercicio ni la remuneración de un cargo de elección popular, al tratarse de un derecho político-electoral fundamental, previsto como garantía institucional del sistema democrático.

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