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Gobierno condena represión del alcalde de Espita

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Gobierno condena represión del alcalde de Espita

El Gobierno del Estado condenó los hechos cometidos por el alcalde de Espita, Mario Isaías Sánchez Esquivel quien obstruyó la labor periodística de Novedades Yucatán al impedir el acceso del vehículo oficial al municipio a través de un retén de la policía municipal.

El pasado lunes 30 de junio el alcalde de Espita, Mario Sánchez ordenó la instalación de un retén en la entrada del municipio en la carretera Sucilá-Espita, con la intención de evitar que los periodistas llegaran a la sesión de Cabildo en la que sometería a votación la cuenta pública correspondiente a los meses de enero, febrero y marzo de 2025.

Ayer, el subsecretario de Gobierno y Desarrollo Político del Gobierno del Estado, Pablo Castro Alcocer condenó los hechos cometidos por el alcalde de Espita para obstaculizar la libertad de expresión, y afirmó: “tomaremos cartas en el asunto”.

Hay que precisar que en dicha sesión de Cabildo, el alcalde Mario Sánchez de manera exasperada reclamó a los representantes de este medio de comunicación por haber publicado una nota en la que se dio a conocer que se aumentó el salario al pasar de $50 mil hasta $60 mil pesos mensuales, como constan en las actas de cabildo de fecha martes 24 de junio de 2025 cuando los regidores, a petición del alcalde, se lo aprobaron.

Luego de que esa noticia generó el reclamo del pueblo de Espita en los últimos días, el pasado lunes 30 de junio el alcalde de esa localidad ordenó la instalación de un retén a la entrada del municipio para impedir que el vehículo oficial de este rotativo tuviera acceso a la población.

Violaciones a la ley

Hay que precisar que con dichos hechos, el alcalde de Espita, Mario Sánchez incurrió en los siguientes delitos: abuso de autoridad, estipulado en el Artículo 215 del Código Penal Federal que establece que el delito de abuso de autoridad lo comete el servidor público que, en el ejercicio de sus funciones, realice actos arbitrarios o contrarios a la ley en perjuicio de otra persona.

En este caso, ordenar un retén exclusivo para impedir el ingreso de periodistas, sin causa legal ni justificación de seguridad, es un acto arbitrario y un uso indebido del aparato policial.

El citado alcalde también incurrió en los delitos de ataques a la libertad de expresión y prensa, estipulados en el Artículo 6 y Artículo 7 Constitucional, que establece que toda persona tiene derecho a la libre manifestación de ideas y a recibir información. Ninguna ley ni autoridad puede establecer la previa censura.

En este caso, impedir el ingreso a la comunidad para cubrir un acto público (sesión de Cabildo) y exhibir y denostar públicamente a los periodistas es una forma de intimidación y represalia por el ejercicio de su labor.

El alcalde, Mario Sánchez también incurrió en “intimidación y amenazas indirectas”, aunque no haya una amenaza verbal directa, el uso de retención policial, retén, hostigamiento y señalamientos públicos puede considerarse intimidación sistemática.

Si los policías fueron usados para amedrentar, ralentizar su regreso o impedir que entregaran su material periodístico, hay una intención clara de obstaculizar el ejercicio de la prensa.

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